Internet se consolida como el medio que más crece

Initiative ya adelantó a comienzos del año que la red era el medio que más había logrado incrementar su facturación publicitaria en 2004 respecto a 2003 demostrando tener un peso cada vez mayor en las planificaciones, si bien éste es aún mínimo.

Los datos de Infoadex, publicados hace poco más de una semana, confirman los pronósticos de Initiative y la buena salud del medio (26,5% de incremento respecto a 2003). Las estimaciones para años venideros también son positivas.

No obstante, su incremento en peso publicitario no es equivalente a la extensión de su uso entre la población. Y es que según el tercer acumulado de EGM (febrero-noviembre 2004), un 32,4% de la población es ya usuaria de internet, un dato que supera la penetración de los suplementos (30,4%).

Sin embargo, la inversión publicitaria en la red es menor que en los dominicales: sólo representa el 1,5% de la total del mercado mientras que la de suplementos concentra el 1,8%.

Las dificultades de medición y la todavía falta de confianza en la efectividad de la publicidad on line se alzan como los principales escollos para la bonanza publicitaria del medio.

Pero los últimos avances en investigación online tratan de poner solución a estas dificultades en una doble vertiente: evaluar con más rigor la audiencia y medir el grado de eficacia de las inversiones.

El notable ascenso del alcance de internet ha traído cambios a la propia medición del medio.

La Comisión Técnica de la AIMC decidió cambiar la unidad de medida de la penetración en la última ola de 2004.

Hasta ese momento la unidad era “los últimos 30 días”, a partir entonces es “el día de ayer”. Este cambio da cuenta de la notable expansión del medio, que ya es medido de igual manera que la televisión o la radio.

Y es que la penetración de Internet en el día de ayer no es nada desdeñable: un 17,4%.

En cuanto al lugar de acceso a la red de redes, el hogar sigue siendo el sitio preferido (64,6%) mientras que desciende el uso en centro de estudios (10,4%). Su acceso en el trabajo se sitúa en un 32,6%. La consulta de páginas web sigue siendo el principal servicio utilizado (93,5%), seguido del correo electrónico (83,9%).

Mensajería instantánea (33,2%), transferencia de ficheros (26,9%) y chats (20,2%) ocupan los puestos sucesivos con un descenso respecto a olas anteriores.

La principal actividad de navegación es, con diferencia, la de búsquedas (91,9%). No en vano, los portales Yahoo y Terra siguen a la cabeza de la clasificación de las páginas más visitadas. La lectura de noticias se sitúa a continuación con un 48,1%.

Según la última ola de EGM, un 31% de la población tiene conexión a Internet en su hogar.

El porcentaje de estos individuos que accede a través de ADSL (30,1%) supera ya el de los que lo hacen por la línea telefónica convencional (25,7%). Y es que la bajada de precios del ADSL y las agresivas campañas publicitarias para su comercialización han dado sus frutos.

Un 17,6% de la población usa Internet diariamente (entre los que tienen acceso en el hogar este porcentaje supera el 46%) y un 8,6% varias veces a la semana.

Pero Internet se enfrenta a otro problema para tener un papel más importante en las planificaciones: su coste por mil.

Según uno de los últimos análisis internacionales de Futures, división de investigación de Initiative, Internet es el segundo medio con un mayor CPM tras el cine, puesto que aún se beneficia de los días de boom que siguieron a su nacimiento. De hecho, el CPM de internet dobla el de periódicos y es tres veces el de televisión.

No obstante, la red se encuentra en plena dinámica de ajuste de precios y se alza, junto a la radio, como el medio, que menos incrementa su coste por mil. En España, internet se posiciona como el tercer medio con un mayor CPM tras cine y exterior, aunque muy por debajo de los países de nuestro alrededor y de la media internacional tanto en términos de coste por mil como en porcentaje de incremento.

Sin duda uno de los aspectos más interesantes de internet es el perfil de sus usuarios: masculino, juvenil (menores de 44 años) y urbano.

En definitiva, uno de los targets más atractivos desde el punto de vista comercial y de los más difíciles de alcanzar por otros medios. También es muy notable el uso de Internet entre los niños de 8 a 13 años (48,9%), muy superior al registrado entre los mayores de 14 años. Por comunidades, Internet tiene sus principales usuarios en Madrid, Cataluña, Aragón, Baleares, Navarra, Euskadi y Cantabria.

El perfil del usuario de Internet tiene muchos puntos en común con el de asistente al cine. Esto ha creado múltiples sinergias entre los dos medios y convertido a Internet en uno de los principales medios para la promoción de títulos cinematográficos. También los bancos han encontrado un gran filón en la red no sólo como soporte de sus campañas publicitarias sino como un eje más de su propia actividad con la posibilidad de ofrecer importantes ventajas y valor añadido a sus clientes. Y es que un nada desdeñable 19,3% de los usuarios de internet en el último mes realizan operaciones bancarias por la red. ING Direct encabeza el ránking de los anunciantes con más inversión en internet en 2004 según Infoadex. Empresas de telecomunicaciones como Telefónica y Wanadoo también ocupan lugares destacados en la clasificación. De hecho, los sectores Telecomunicaciones e Internet, Cultura, enseñanza y medios de comunicación y Finanzas no sólo constituyen los de mayor inversión en el medio sino que concentran casi el 60% de su facturación publicitaria.

Además de llegar a un público juvenil y urbano muy atractivo para los anunciantes, Internet permite, como soporte publicitario, el uso de originales formatos y la puesta en marcha de campañas interactivas con miras de fidelización. Pero la red ofrece otros valores cualitativos. AIMC Marcas revela que internet es el medio predilecto para informarse sobre artículos de informática y telefonía (23,5%) y el segundo preferido tras las revistas para la búsqueda y preparación de viajes (18,9%) y ocuparse de las aficiones (17,1%).

Abiertos los Premios Imán ’08

Las piezas inscritas antes del 28 de Febrero se beneficiarán de un 10% de descuento

Desde el pasado 20 de febrero está abierto el plazo de inscripción de campañas a uno de los concursos más importantes del Marketing Directo Integrado de nuestro país, los Premios Imán, premios entregados por la Federación Española de Comercio Electrónico y Marketing Directo (FECEMD).

Las inscripciones permanecerán abiertas hasta el próximo 6 de Marzo (aunque quienes inscriban las piezas antes del 28 de febrero obtienen un 10% de descuento), y los premios se entregarán el 12 de junio de 2019 durante la celebración de Nextmarketing en la ciudad Barcelona.

Una de las principales novedades de esta edición, además de la fecha y el emplazamiento, serán los dos nuevos grandes premios: el Gran Premio Imán Directo y el Gran Premio Imán Digital.

Los presidentes de los jurados serán dos pesos pesados de la publicidad y el marketing: Ezequiel Triviño, Director Creativo Ejecutivo de Nimblefish Tecnologies (California) y Daniel Solana, Director Creativo Ejecutivo de Doubleyou.

Para más información entra en la web de los Premios Imán o contacta con Sonia Quintana a través de e-mail o en el 93.240.40.70.

Servicio Listas Robinson

Es un servicio gestionado por la Federación de Comercio Electrónico y Marketing Directo, con el fin no lucrativo de reforzar las buenas relaciones entre los profesionales del sector y el público en general.

El Servicio de Listas Robinson se enmarca en el ámbito de la publicidad personalizada, es decir, aquella publicidad que recibe un usuario a su nombre y dirección, y está dirigido a consumidores particulares y empresas.

Pueden adherirse al SLR los consumidores

Por una parte, pueden inscribirse a SLR los consumidores particulares con la finalidad de no recibir publicidad y/o para recibir aquella publicidad que sea de su interés. Una vez un usuario se ha dado de alta en este servicio transcurrirán entre 3 y 6 meses hasta que este servicio se haga efectivo con respecto a la recepción de publicidad en su domicilio.

Si quiere adherirse al servicio, haga click donde corresponda:

Soy consumidor y NO quiero recibir publicidad
Soy consumidor y deseo recibir publicidad especializada

Pueden adherirse al SLR las Empresas

Por otra parte, las empresas pueden solicitar el fichero de personas inscritas en las Listas Robinson para la gestión de sus envíos. Sólo forman parte de este servicio aquellas empresas que forman parte de nuestra organización, así como otras empresas que han solicitado este servicio.

Si es empresa y deseas recibir más información, haz click aquí
Si es empresa y deseas adherirte al SLR Empresas, haz click aquí

El Servicio Lista Robinson ha sido ratificado por la Unión de Consumidores de España (UCE), en protocolo firmado en Madrid, el día 19 de Noviembre de 1992.

El SLR está siendo recomendado por la Agencia de Protección de Datos y se ha convertido en un elemento de prestigio para el sector.

CÓDIGO REGULADOR DEL SERVICIO DE LISTAS ROBINSON

¿Qué objetivos tiene el SLR?

  1. VELAR por la ética y la buena imagen pública del sector del Marketing Directo,
  2. OFRECER a los consumidores que así lo deseen la posibilidad de ser eliminados o incluidos gratuitamente en las listas de Marketing Directo y
  3. POTENCIAR la eficacia de las listas, eliminando las direcciones de quienes no desean recibir publicidad y añadiendo los datos de personas especialmente interesadas en recibirla.

¿Para que sirve a tu empresa el SLR?

El Servicio de Listas Robinson es un sistema informático creado por FECEMD que consta de dos listas de nombres y direcciones:

A) LISTA ROBINSON que permite a los consumidores registrados en la misma excluir su nombre y dirección de todas las listas de Marketing Directo utilizadas o controladas por las empresas adheridas a este servicio.

B) LISTA DE PREFERENCIA que permite enriquecer las listas de las empresas adheridas al SLR con nombres y direcciones de personas interesadas en recibir publicidad.

Como empresa adherida, Usted recibirá trimestralmente, en soporte informático, las listas de consumidores inscritos en las Listas Robinson, con los datos básicos para que los incluya o excluya de sus futuras acciones de Marketing Directo.

Si es empresa y desea recibir el SLR, haga click aquí

¿Cuánto cuesta la adhesión a SLR a las empresas?

Este servicio está financiado por FECEMD, entidad sin ánimo de lucro cuyo objetivo es velar por el futuro del sector. El hecho de ser miembro de la Federación supone la adhesión automática y gratuita al SLR.

Si su empresa no pertenece a FECEMD, también puede adherirse a este servicio.

La adhesión al Servicio de Lista Robinson para empresas no asociadas a FECEMD supone el pago de una cuota anual de 475 Euros (+ 16% IVA) en concepto de contribución a los gastos de mantenimiento.

¿Qué beneficios ofrece a las empresas?

Por una parte, beneficios económicos. Cualquier lista de Marketing Directo depurada con este sistema elimina un buen número de direcciones poco útiles, ya que corresponden a personas contrarias a la recepción de publicidad. Al mismo tiempo, se añaden nuevas direcciones de consumidores interesados en los productos o servicios que su empresa ofrece. Ello supone un importante ahorro en gastos de envío y también una importante reducción de quejas y reclamaciones.

Por otra parte, una inversión en imagen. Su adhesión al SLR le confiere el derecho a hacer uso del correspondiente logotipo en cualquiera de sus acciones comerciales. Este Sello de Garantía avalará el compromiso de su firma con las normas éticas del sector y su respeto por los deseos y libertades de los consumidores españoles.

¿Para qué sirve al consumidor el SLR ?

El Servicio de Listas Robinson es un sistema informático instituido por FECEMD, entidad sin ánimo de lucro, en el que pueden registrarse gratuitamente todos los consumidores españoles que así lo deseen. Este servicio consta de dos ficheros Informáticos:

LISTA ROBINSON que recoge los nombres y direcciones de todas aquellas personas que no desean recibir publicidad por correo. Estos datos, tratados confidencialmente, serán excluidos de los envíos directos que realicen las empresas adheridas al Servicio.

Si desea adscribirse a la Lista Robinson, haga click aquí.

LISTA DE PREFERENCIA que tiene la misión de potenciar los envíos publicitarios, dando prioridad a aquellos temas que el usuario designe como de mayor interés.

Si desea adscribirse a la Lista de Preferencia, haga click aquí.

¿Qué publicidad no puede controlar el SLR?

El Servicio de Listas Robinson no puede garantizar el control de toda la publicidad que usted pudiera recibir. Escapan a este control los siguientes casos: · Impresos sin dirección y depositados en mano en su buzón. · Revistas gratuitas. · Impresos insertos en revistas o en sus facturas. · Publicidad de empresas no adheridas al SLR.

Del mismo modo, si usted ha realizado alguna compra de productos o servicios, es posible que la empresa proveedora, por considerarle cliente suyo, siga remitiéndole sus ofertas. Si también desea no recibir estos envíos, le sugerimos que se dirija directamente a la citada firma.

CÓDIGO REGULADOR DEL SERVICIO DE LISTAS ROBINSON

Preámbulo. El Servicio de Listas Robinson tiene por objeto permitir a los consumidores eliminar su nombre y dirección de los listados de publicidad con el fin de reducir al mínimo la cantidad de publicidad que reciben en sus hogares en la forma de mailing dirigido personalmente a ellos. Los consumidores que deseen recibir menos publicidad en sus hogares, podrán solicitar el Servicio de Listas Robinson, y formar parte de manera gratuita de la Lista Robinson. Aquellas personas que por el contrario, estén interesadas en recibir más envíos publicitarios, y en particular, sobre algún tema determinado, también podrán solicitar el Servicio de Listas Robinson, y formar parte de manera gratuita, de la Lista de Preferencia.

Estas listas serán proporcionadas a las empresas miembros, quienes garantizarán que dichos nombres y direcciones dejan de figurar, o en su caso se incluyen, en los listados de consumidores que utilizan con fines de Marketing Directo. El Servicio de Listas Robinson será gestionado por la Federación de Comercio Electrónico y Marketing Directo (FECEMD), quién supervisará el correcto cumplimiento de las normas por parte de sus miembros.

1.0. Normas Generales.

1.1. La condición de miembro del SLR presupone la aceptación y cumplimiento del presente Código Regulador.

1.2. Las Listas Robinson son propiedad de FECEMD, y no podrán ser usadas por los miembros adheridos al servicio, para una finalidad distinta que no sea la supresión o exclusión de sus nombres y direcciones en sus listas de consumidores.

1.3. No estará permitido transferir dichos registros para otros fines que los arriba indicados.

1.4. El uso de las Listas Robinson no se considera apropiado para envíos publicitarios de partidos políticos.

1.5. Estas normas cubrirán el uso de los ficheros utilizados por los miembros adheridos al sistema: Empresas de Venta por Correo, Propietarios y titulares de listados, Agentes de listados, Listas Brokers, Servicios Informáticos de proceso de datos, Manipuladores, Agencias de Publicidad Directa, Consultores, etc. Estas categorías no son necesariamente exclusivas, y estas reglas deben ser respetadas por todos los miembros tanto en su letra como en su espíritu.

2.0. Normas de Uso.

El sistema de supresión de nombres de un fichero consistirá en retener el nombre y dirección y aplicar un signo de supresión a dichos datos.

2.1. No será obligatoria para una compañía la supresión de los datos de una persona que se inscriba en la Lista Robinson, cuando esta persona sea cliente de la misma, salvo si en las obligaciones legales o contractuales de la compañía con el cliente se prevé lo contrario.

2.2. Todo miembro deberá adoptar e interpretar de la forma más restrictiva posible la categoría de productos o servicios en la cual se ha registrado el sujeto dentro del marco de la Lista de Preferencia.

2.3. Las empresas de Venta por Correo deben garantizar: – La correcta actualización de todos sus ficheros con los nuevos registros de la Lista Robinson, antes de que sean usados en sus mailing promocionales. – La cancelación en sus listas de aquellos nombres y direcciones de las personas que lo soliciten directamente a la empresa, siempre y cuando la persona le suministre la información necesaria para que pueda llevarse a cabo su petición. Cuando no sea suficiente la información dada por la persona, la empresa deberá advertirle de los datos suplementarios que necesita para llevar a cabo su petición. – Que en caso de recibir peticiones muy exaltadas y generalizadas contra la publicidad directa, las empresas aconsejarán a la persona la necesidad de dirigirse a FECEMD para apuntarse al Servicio de Listas Robinson.

2.4. Los Propietarios y Agentes Titulares de Listados deben garantizar: – Que los listados que puedan ofrecer, ya sea directamente a empresas de Venta por Correo, o a través de Lists Brokers, hayan sido actualizados con los nuevos registros de la Lista Robinson. – La cancelación, en sus propias listas o en aquellas que van a ofrecer, de los nombres y direcciones de aquellas personas inscritas en la lista Robinson o aquellas que, de manera individual, se dirijan a ellas y soliciten su deseo de no estar incluidas en listas para promociones publicitarias.

2.5. List Brokers, Servicios Informáticos y Manipuladores. Los Lists Brokers, Servicios Informáticos y Manipuladores adheridos al servicio deben garantizar que no usarán listas de consumidores que no hayan sido o vayan a ser actualizadas con los nuevos registros de la Lista Robinson, así como aconsejar a sus clientes su adhesión como miembros al Servicio de Listas Robinson.

2.6. Agencias de Publicidad y Consultorías. Las Agencias de Publicidad y Consultorías adheridas al servicio, deberán aconsejar a sus clientes su adhesión como miembro al Servicio de Listas Robinson, o en su caso, hacer sólo uso de listas de consumidores que hayan sido o sean actualizadas con los nuevos registros de la Lista Robinson.

3.0. Incumplimiento de las Normas.

3.1. Cualquier infracción al cumplimiento de las normas del presente Código, será remitida, debidamente motivada, al Comité de Protección del Tratamiento Automatizado de los Datos de carácter personal de FECEMD.

3.2. Las competencias y funcionamiento de este Comité, están reguladas por el art. 8 del Código Etico de Protección de Datos Personales del sector del Marketing Directo de FECEMD.

3.3. Si el Comité decide realizar una acción disciplinaria, informará de ello a la empresa, y le dará la oportunidad de justificarse de manera escrita u oral.

3.4. Si el Comité considera que el incumplimiento de las normas ha sido no intencionado y dicho miembro se compromete a que no volverá a ocurrir, no se adoptarán acciones mayores.

3.5. Si por el contrario, el Comité considera que sí ha existido una grave violación de las normas, podrá recomendar una acción disciplinaria, o en caso de incumplimiento grave, la suspensión como miembro adherido al Servicio.

3.6. El aviso o la sanción del Comité serán notificados a la empresa miembro y/o a la persona afectada, por medio del Secretario del citado Comité. El Comité se reserva el derecho de dar publicidad externa a la sanción, así como de emprender acciones legales por haberse visto afectada la credibilidad de la profesión.

4.0. Utilización del sello de Garantía del Servicio de Listas Robinson.

La aceptación de las reglas del Código Regulador autoriza a las empresas miembros adheridas a utilizar el sello del SLR.: La utilización del sello es facultativa. Es obvio, sin embargo, que cada cual se aprovechará de la publicidad hecha por los otros miembros adheridos, por lo que afecta al interés de todos el promover la difusión de este sello.

4.1. Modalidades de Utilización Dado su objeto esencial que es el constituir una marca distintiva colectiva, el sello no podrá ser dispuesto ni, en todo caso, utilizado en documentos de venta o en la publicidad, de tal forma que pueda ser considerado: · ya sea como una marca propia de la empresa usuaria, · ya sea como una garantía (en especial, de origen o de calidad) de los productos o servicios ofrecidos a la venta. FECEMD se reserva el derecho, en todo momento, de apreciar y controlar las condiciones de utilización del sello y de tomar todas las disposiciones útiles en caso de utilización anómala. A este efecto, las empresas usuarias de la marca colectiva se comprometen: · a comunicar cualquier documento a FECEMD en cuanto ésta lo solicite, · a aplicar sin demora y sin reserva las instrucciones de utilización que les sean comunicadas por FECEMD. Queda prohibida, salvo autorización expresa y escrita de FECEMD cualquier reproducción del sello que se utilice fuera de los documentos comerciales o publicitarios.

4.2. Retirada La pérdida de la condición de miembro del SLR conlleva ipso facto la supresión del derecho a utilizar el sello. El Comité de Protección de datos de FECEMD, puede igualmente pronunciar sanciones o decidir la retirada temporal o definitiva de la marca, cuando se haya hecho de ella un uso abusivo, ilícito, desleal o fraudulento. En ningún caso la utilización de materiales que lleven el sello y que existan en la fecha de la retirada o expulsión de una empresa miembro, sería tolerada sin el acuerdo especial de FECEMD.

La burbuja tecnológica a debate en IMAN´06

¿Por qué se produjo el estallido de la burbuja de Internet?, ¿cuáles fueron sus consecuencias en el mercado empresarial español? o ¿quiénes se convirtieron en los verdaderos triunfadores de un boom del que nadie fue capaz de cifrar su alcance?

Estos son algunos de los puntos que nos aclararán seis de los protagonistas de una época, que marcó un punto y aparte en el ebussines, durante la próxima edición de IMAN´06, el XXVI Foro de Marketing Directo y Comercio Electrónico que se celebrará en el Palacio de Congresos y Exposiciones de en Madrid entre los días 7, 8 y 9 de marzo.

Jorge Juan García Alonso, fundador de contactos fogosas y actual presidente de Negone; Aquilino Peña, ceo y fundador de Submarine España; Manuel Roca, ceo y fundador de Atrapalo.com; Antonio Mas, fundador de Movizonia y actual ceo de Ideaup; Eduardo Berrocal, socio fundador de Zenith Ineractive Services y presidente y fundador de dvd.go y Fernando Pardo, ex presidente de AECE y fundador de Ecuality son los ponentes que participarán en las denominadas “Live Session”.

Estos expertos analizarán qué ocurrió el mes de abril del año 2000, cuando el índice Nasdaq experimentó un desplome de 700.000 millones de dólares, y se produjo la ruina de multitud de empresas que habían nacido al hilo de la explosión de Internet. Pero aunque Internet no se convirtió en la gallina de los huevos de oro, hubo iniciativas que tuvieron éxito y convirtieron en millonarios a unos pocos. Esta jornada permitirá conocer qué proyectos escaparon a la sobrevaloración y por qué triunfaron.

Los asistentes a IMAN’06 también conocerán de primera mano cuáles son las perspectivas del sector en los próximos años, si existe una amenaza real de una segunda burbuja tecnológica tras los últimos escándalos protagonizados por Livedoor en Japón y cuáles son las claves de los negocios que tendrán un futuro más prometedor en nuestro país.

Como colofón a esta jornada se proyectará el documental Startup.com, película premiada en el Festival Sundance que cuenta de primera mano el ascenso y caída de unas empresas en plena época de fiebre digital.

Además de estas sesiones, el programa de ponencias cuenta con conferenciantes de renombre internacional como Sir Brian Pitmann, Fundador de LLoyds Bank y el banquero más influyente de Reino Unido en los últimos 20 años, Danny Rimmer, CEO de Index Ventures y ex-socio fundador de Skype y de Netscape; Martín Varsavsky, presidente de FON; Martín Glenn, ex presidente de PEPSI Co UK o el reconocido restaurador Sergi Arola, entre muchos otros.

El Foro del Marketing Directo y del Comercio Electrónico es el marco en el que se desarrollan los tres eventos más importantes del sector del marketing directo e interactivo, el Congreso, la Feria y la Ceremonia de Entrega de los Premios IMAN, los galardones que premian las mejores campañas de marketing directo integrado realizadas en nuestro país en 2005.

Los ciudadanos disponen desde hoy de un nuevo sistema para evitar recibir comunicaciones comerciales no deseadas

Se trata de un nuevo servicio Lista Robinson en el que los ciudadanos pueden inscribirse para evitar recibir comunicaciones comerciales, mediante llamadas, sms, correo postal y correo electrónico, de empresas con las que no mantenga o no haya mantenido algún tipo de relación

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y la Federación de Comercio Electrónico y Marketing Directo (FECEMD) han presentado hoy en Madrid un servicio de Lista Robinson que permitirá a los ciudadanos inscribirse para evitar recibir comunicaciones comerciales no deseadas, de empresas con las que no mantengan o no hayan mantenido algún tipo de relación.

Se trata de un fichero de exclusión publicitaria en el que los interesados que se inscriban podrán seleccionar por sí mismos el medio o medios a través de los cuales no quieran recibir publicidad – correo postal, llamadas telefónicas, correo electrónico, sms o mms- de las entidades que para el desarrollo de las campañas publicitarias empleen datos personales que obtenidos de fuentes públicas (como guías telefónicas) o bases de datos de las que no sean responsables.

Asimismo, el servicio permitirá adicionalmente al ciudadano seleccionar entidades con las que ha mantenido o mantiene una relación contractual para manifestar su negativa a recibir publicidad telefónica, uno de los canales más utilizados en la actualidad para la realización de acciones publicitarias.

A raíz de una petición expresa de la AEPD, la FECEMD ha habilitado en www.listarobinson.es un espacio dirigido a los ciudadanos, a través del cual se podrán poner en contacto con las entidades que sean usuarias del servicio de FECEMD con las que han mantenido o mantienen en la actualidad algún tipo de relación, y de las que no desean recibir comunicaciones comerciales por vía telefónica, para que éstas se pongan en contacto el solicitante con el objeto de atender su solicitud.

Regulación de las listas Robinson

El Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica de Protección de Datos, aprobado en diciembre de 2007, incorporó mecanismos para que los ciudadanos pudieran disponer de instrumentos eficaces para evitar la publicidad no deseada. Entre ellos establece la posibilidad de crear los denominados “ficheros de exclusión”, en los que cualquier persona pudiera inscribirse para evitar recibir publicidad no deseada.

También recoge el citado Reglamento la obligatoriedad de consultarlos a todos aquellos anunciantes (empresas, instituciones y otras entidades) que realicen campañas publicitarias por correo postal, correo electrónico, llamadas telefónicas, sms, mms o cualquier otro medio de comunicación electrónica equivalente, y para cuyo desarrollo utilicen datos personales que figuren en fuentes públicas o ficheros de los que no sean responsables.

Valoración de la AEPD

Según ha explicado el director de la AEPD uno de los principales motivos de consulta y preocupación que los ciudadanos trasladan a la AEPD es cómo evitar la recepción de publicidad, fundamentalmente telefónica, bien a través de llamadas o de la recepción de mensajes SMS. Además, ha recordado que el plan sectorial realizado el pasado año sobre publicidad telefónica, puso de manifiesto la existencia de importantes deficiencias en los mecanismos con los que cuenta el ciudadano para hacer frente a la publicidad no deseada.

Por ello, ha destacado que la Agencia, en el marco de la relación fluida que mantiene con FECEMD, ha compartido la iniciativa de impulsar un Fichero de Autoexclusión para que pueda ser un instrumento eficaz y actualizar y ampliar el Servicio de Lista Robinson, como instrumento que facilite la aplicación del Reglamento. En opinión de Rallo, el resultado final del servicio elaborado por la FECEMD merece una valoración positiva, “que se confirmará con el uso que los ciudadanos y las empresas hagan de la nueva herramienta”.

Por su parte, Elena Gómez, presidenta de FECEMD, ha recordado que la organización a la que representa ya se anticipó a esta normativa, con la creación de la Lista Robinson hace más de 12 años dentro de un Código propio de Autorregulación.

A este respecto, ha precisado que “entonces, las comunicaciones comerciales de este tipo se realizaban casi exclusivamente por correo postal, por lo que la Lista se dirigía a restringir la publicidad no deseada que recibían los ciudadanos a través de este canal de comunicación”.

Con motivo de la aprobación del Reglamento de desarrollo de la LOPD, FECEMD, que desde sus orígenes apuesta por el uso responsable, transparente y eficaz de las bases de datos, decidió actualizar el servicio de Lista Robinson, y adaptarlo así al nuevo entorno económico y social recogiendo los requisitos legales establecidos en el Reglamento de la LOPD, para después, ha dicho la presidenta de FECEMD, “proponer a la AEPD su utilización como fichero de exclusión de referencia”.

Inscripción de los ciudadanos en la Lista Robinson

Cualquier persona que lo desee puede inscribirse gratuitamente en el servicio de Lista Robinson a través de la pagina Web www.listarobinson.es. En el caso de los menores de 14 años será necesario que lo realicen sus padres o tutores, mientras que si se trata de persona incapacitadas deberán hacerlo sus representantes legales.

El proceso de inscripción es sencillo y ágil. Requiere un primer paso en el que por motivos de seguridad se identifica al usuario y se le proporciona una contraseña, y un segundo paso en el cual los ciudadanos pueden elegir el medio o los medios (telefónicas, sms, mms y correos electrónicos) a través de los cuales no desean recibir publicidad de forma que puedan gestionar la publicidad que reciben.

Puesto que los ciudadanos pueden recibir publicidad con distintos nombres, se ofrece a los usuarios varias opciones para registrarse, ya que para que el servicio sea efectivo, es necesario que la información facilitada por ellos mismos coincida con la tratada por las entidades usuarias para el desarrollo de la campaña publicitaria.   Con la finalidad de evitar posibles alteraciones en la información facilitada por los interesados, el proceso de inscripción se realiza exclusivamente vía Web de forma que los datos que se incluyan en la Lista Robinsón únicamente serán los facilitados por los ciudadanos sin que pueda existir riesgo de modificaciones.  

Para la correcta prestación del servicio, los usuarios deberán facilitar una dirección de correo electrónico a través de la cual FECEMD se podrá poner en contacto con los mismos.

Debido a que es posible que los datos de los ciudadanos hayan sido utilizados por alguna entidad antes del momento en el que se realizó la solicitud de inscripción y a que la publicidad, según el medio de comunicación empleado, puede demorarse en llegar a su destino, la inscripción será efectiva en el plazo de tres meses desde el día siguiente al que se realiza.

En cualquier caso, la Lista Robinson, es un instrumento complementario, que no sustituye a los derechos que tienen los ciudadanos reconocidos legalmente en la normativas de protección de datos y de telecomunicaciones. Estas normativas otorgan, a los ciudadanos, por una parte, la facultad de oponerse a la recepción de comunicaciones comerciales, y por otra, la posibilidad de no figurar en las guías telefónicas, o que en el caso de aparecer, que sus datos no sean utilizados para la realización de llamadas con fines comerciales, entre otras facultades.

Obligación de consulta de la Lista Robinson

Deben consultar los Ficheros de Exclusión, todas aquellas empresas, instituciones, entidades, etc., y en general, cualquier anunciante que realice por correo postal, por correo electrónico, a través de llamadas telefónicas, sms o mms campañas publicitarias para cuyo desarrollo utilice datos que figuren en fuentes accesibles al público o en bases de datos de las que ellos no sean responsables, con la finalidad de evitar que sean objeto de tratamiento los datos de los interesados que se hubiesen inscrito.

Son fuentes accesibles al público únicamente las definidas como tales en la Ley Orgánica de Protección de Datos, tales como los repertorios telefónicos o las guías de servicios de comunicaciones electrónicas, el censo promocional, las listas de personas pertenecientes a grupos de profesionales, los diarios y boletines oficiales y los medios de comunicación social.

Pueden tener acceso a la información que contiene el fichero de Lista Robinson de forma gratuita o de pago, los responsables de los ficheros, los anunciantes y las entidades prestadores de servicios de tratamiento de datos. En la modalidad de acceso gratuito podrán realizar hasta 100 búsquedas de forma individualizada por interesado.

En la modalidad de pago podrán acceder a una suscripción anual o a una suscripción por descarga. En la suscripción anual tendrán acceso al fichero de Lista Robinson tantas veces como lo deseen durante un año y en la suscripción por descarga única podrán descargarse la Lista Robinson una vez. Las entidades asociadas a FECEMD tendrán acceso gratuito a la suscripción anual.